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27 de enero de 2017
,por Santos Romero, Analía y Grenabuena, Silvia R.
1.
CONVENIO MULTILATERAL
1.1.
Regímenes de percepción. Sujetos pasibles. Nuevas pautas
A través de la Resolución General Nº 24/2016, la Comisión Arbitral procedió a sustituir el texto del punto 2, inciso b), artículo 1º de la Resolución General Nº 61/95, modificado por las Resoluciones Generales Nros. 3/10 y 4/2011 – incorporada al artículo 58 del anexo de la Resolución General Nº 3/2016–, mediante la cual se establecieron pautas respecto a los regímenes de recaudación (retención, percepción y/o retención bancaria) establecidos por las jurisdicciones... >
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23 de mayo de 2016
,por Santos Romero, Analía y Grenabuena, Silvia R.
1.
IMPUESTOS A LAS GANANCIAS, A LA GANANCIA MÍNIMA PRESUNTA Y SOBRE LOS BIENES PERSONALES. FONDO PARA EDUCACIÓN Y PROMOCIÓN COOPERATIVA
1.1.
Anticipos
A través de la Resolución General Nº 3881 (B.O. del 20/05/2016), la A.F.I.P. modifica el importe a partir del cual se genera la obligación de ingreso de los anticipos correspondientes a los impuestos a las Ganancias, a la Ganancia Mínima Presunta, Fondo para Educación y Promoción Cooperativa y sobre los Bienes Personales.
Consecuentemente, se introducen modificaciones en las Resoluciones Generales Nros. 327, 2011,... >
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23 de abril de 2015
,por Santos Romero, Analía y Grenabuena, Silvia R.
1.
NOVEDADES IMPOSITIVAS
1.1.
Monotributo: A.F.I.P. publicó nueva nómina de sujetos excluidos
De conformidad a lo previsto por el cuarto párrafo del artículo 1º de la Resolución General Nº 3640, la Administración Federal de Ingresos Públicos procedió a publicar en el Boletín Oficial Nº 33.100 del 01/04/2015 el listado de los contribuyentes excluidos de pleno derecho del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes a partir del 03/03/2015. A efectos de consultar los motivos y elementos de juicio que acreditan el acaecimiento de la causal respectiva, el... >
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19 de marzo de 2015
,por Santos Romero, Analía y Grenabuena, Silvia R.
1.
NOVEDADES IMPOSITIVAS
1.1.
Monotributo: A.F.I.P. publicó nueva nómina de sujetos excluidos
De conformidad a lo previsto por el cuarto párrafo del artículo 1º de la Resolución General Nº 3640, la Administración Federal de Ingresos Públicos procedió a publicar en el Boletín Oficial Nº 33.080 del 02/03/2015 el listado de los contribuyentes excluidos de pleno derecho del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes a partir del 02/02/2015. A efectos de consultar los motivos y elementos de juicio que acreditan el acaecimiento de la causal respectiva, el... >
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15 de septiembre de 2014
,por Grenabuena, Silvia R.
Si una persona inicia actividad en mayo y se inscribe en el régimen simplificado de CABA, ¿debe recategorizarse en septiembre en el impuesto sobre los ingresos brutos, Régimen Simplificado CABA, aún cuando no ha transcurrido un semestre calendario completo?
No corresponde recategorizarse desde el mes de inicio de actividad, inclusive, hasta que no haya finalizado un semestre calendario completo posterior a la fecha de la confirmación de datos (transcurridos 6 meses del inicio de actividad) o recategorización prevista para los meses de febrero y agosto de cada año.
Por lo... >
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3 de septiembre de 2014
,por Grenabuena, Silvia R.
Para efectuar la recategorización en el mes de septiembre de Ingresos Brutos del Régimen Simplificado en Capital Federal respecto de los ingresos que se deben considerar: ¿desde que período hasta qué período se computan?
Debe considerar los ingresos brutos de Julio de 2013 a Junio de 2014 para la recategorización en Septiembre
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22 de octubre de 2013
,por Grenabuena, Silvia R.
Si la Sociedad de Hecho se pone en categoría H debe abonar $700 más 20% de esos $700 por cada socio, ¿es así?
En Ingresos Brutos de CABA, por ser S.H. va a Regimen Simplificado, o depende la actividad que realice?
Si, por el monotributo debe abonar como impuesto integrado $ 700 20% de $ 700 por cada socio.
Para ingresos brutos, se consideran pequeños contribuyentes las sociedades de hecho y comerciales irregulares (Capítulo I, Sección IV, de la Ley N° 19.550 de sociedades comerciales y sus modificaciones), en la medida que tengan un máximo de tres (3) socios. En... >
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25 de septiembre de 2013
,por Grenabuena, Silvia R.
A un contribuyente que es Régimen simplificado en el impuesto sobre los ingresos brutos CABA, ¿le puede retener impuesto sobre los ingresos brutos el Banco? ¿En qué situación?
Los contribuyentes del Régimen Simplificado no están alcanzados por el régimen de recaudación de acreditaciones bancarias (SIRCREB), salvo que el contribuyente tenga la baja de oficio por la falta de pago de 6 períodos. En este caso, será incluido en el SIRCREB con la mayor alícuota. Una vez regularizada la situación deberá presentarse en Rentas a los efectos de solicitar la devolución de los... >
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